jueves, 22 de agosto de 2013

Responsabilidad patrimonial en la administración

El sistema de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública es un sistema de responsabilidad objetiva puro, en el que cualquier hecho cometido por esta que produzca un daño sea objeto de indemnización por parte de ésta.

Para que se pueda hablar de un daño indemnizable y tenerlo precepto como responsabilidad patrimonial deben concurrir tres circunstancias. En primer lugar, debe haber una actuación, un hecho realizado por la Administración, ya sea una acción o una omisión. En segundo lugar, ha de existir un nexo causal entre la actuación y el daño producido. La existencia o no de un nexo causal es un tema pacífico en muchas ocasiones, pero genera conflicto especialmente en los casos médicos, donde tras una operación o un tratamiento médico se producen en el paciente unas lesiones o un daño. Además de esto, el daño deber ser antijurídico, es decir, que el afectado no tenga el deber jurídico de soportar.

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